Para María del Carmen Verdú la represión de la Metropolitana fue “tentativa de homicidio
1.4.2013
A pocos días de la represión y desalojo del acampe cultural en apoyo a la toma de la Sala Alberdi, en la Plaza Seca del Centro Cultural San Martín, y de la salida de las cuatro personas que quedaban dentro de la Sala, comienza el camino judicial para juzgar a los efectivos de la Policía Metropolitana que hirieron con balas de plomo al menos a tres personas y a decenas con postas de goma. Conversamos con la abogada María del Carmen Verdú de Correpi, quien formará parte de la querella junto a otras organizaciones como Cadep y Copodh, que representará a los integrantes de la Red Nacional de Medios Alternativos (RNMA) baleados en la madrugada del 13 de marzo.
Luego de la nueva represión del 24 de marzo (la primera represión policial en esa fecha desde el regreso de la democracia), a la madrugada siguiente los cuatro artistas que quedaban dentro de la Sala Alberdi decidieron salir, tras ser identificados y procesados. Intentaron durante horas no ser identificados, pero no lo consiguieron.
Mientras tanto se intenta avanzar en una instancia judicial por los heridos de disparos de plomo durante la represión del miércoles 13 de marzo. Para ello, los integrantes de la Red Nacional de Medios Alternativos baleados, Esteban Ruffa de AnRed y Germán Darío de los Santos, de DTL, se presentarán como querellantes con el patrocinio de un grupo de abogados que trabajarán colectivamente y que integran la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi), la Coordinadora Antirrepresiva por los Derechos del Pueblo (Cadep) y el Colectivo Popular por los Derechos Humanos (Copodh). Sobre este tema, dialogamos con María del Carmen Verdú de Correpi, quien afirmó que si los heridos no se presentaran como querellantes, el impulso en la acción penal quedaría en manos del propio Estado que fue quien disparó los tiros. Avanzar en esta instancia permitiría a los abogados conocer el expediente desde adentro, tener acceso a la información, y así poder tener iniciativa y mucha más fortaleza en lo que se dirá públicamente.
La causa se encuentra en un juzgado nacional criminal de instrucción: “en este caso estamos hablando en la concepción judicial, de lesiones, en algún caso de lesiones graves, desde nuestro punto de vista estamos hablando de tentativa de homicidio y por lo tanto interviene la justicia criminal de instrucción – explicó Verdú -. Una herida en una pierna, o en la ingle como fue el caso de uno de los compañeros, es un tiro directamente a una región letal porque basta con rozar cualquiera de los grandes vasos como, por ejemplo, la arteria ilíaca para que en siete minutos la persona quede desangrada y muerta, precisamente es una zona vital para efectuar los disparos. Pero además la intencionalidad de matar no se define por la buena o mala puntería del tirador, sino por esa intención, cualquiera que dispare un arma de fuego dirigida a una persona o a un grupo de personas sabiendo que está disparando balas nueve milímetros de plomo sabe que su acción está dirigida a matar, aunque factores ajenos a su voluntad hagan que eso se limite a una herida”.
Verdú fue consultada sobre las fotografías tomadas durante la represión que dan cuenta de la presencia en el lugar de personas sin el uniforme de la Metropolitana pero con chalecos antibalas y armas de fuego en la cintura, y sobre si esto podría estar autorizado: “probablemente sí – respondió – porque en primer lugar no conocemos la reglamentación interna ni de la Metropolitana, ni de la Federal, la Bonaerense, la Salteña, la Fueguina, ni la Tucumana, porque precisamente su organización como fuerzas civiles armadas está basada en órdenes del día y todo tipo de reglamentaciones que son de uso interno. No son publicadas para que uno las conozca. Justamente uno de los lugares y ámbitos que nos permiten conocer ese tipo de reglamentaciones son las causas judiciales porque allí es donde aparecen esas reglamentaciones y nos podemos enterar como ocurrió, por ejemplo, en 1991 de aquel memorándum interno de la Policía Federal que habilitaba la detención de menores sin intervención del juez en el caso Bulacio. Quizás esta sea la causa donde nos enteremos cuáles son las reglamentaciones internas de la Metropolitana”.
Para Verdú, la posibilidad de avance de esta causa en la Justicia dependerá en gran medida de poder individualizar a los efectivos que dispararon, ya que según las reglas del juego los procesos penales se tienen que dirigir contra una persona física. En este punto es donde cobra gran importancia la recolección de todas las fotografías y filmaciones tomadas durante esa madrugada y también es donde se confirma por qué los heridos de bala de plomo son justamente periodistas: “dos de los heridos pertenecen a organizaciones nucleadas en la Red Nacional de Medios Alternativos, de lo cual uno tiene que concluir como primera cuestión que lo más duro de la represión fue a quienes estaban con una cámara en la mano; esto y decir que no tiene que haber registro fílmico ni fotográfico de lo que estamos haciendo es más o menos lo mismo, y a pesar de que efectivamente no hay toda la repercusión que un hecho de semejante gravedad merece, lo cierto es que trascendió bastante más que cualquiera de los hechos similares que se dan a diario y que nos cuesta enormemente instalar en los medios de comunicación. Si analizamos el espacio que tienen en los medios tanto hablemos de los medios obedientes como de los medios enfrentados por alguna cuestión de política empresarial con el gobierno, casi diría que el episodio del miércoles 13, con una buena cantidad de heridos con postas de goma y tres por lo menos con arma de fuego con proyectiles de plomo, ha tenido mayor visibilidad de lo que habitualmente vemos en la mayoría de los hechos represivos, que ocurren no ya en la Ciudad sino en el conjunto del país”, reflexionó Verdú.