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Nuevo revés para Macri en la Justicia por presentación de ATE Capital

16.09.2013

C o m u n i c a d o  d e  P r e n s a

 

 

En nombre y representación de la Asociación Trabajadores del Estado, Consejo Directivo Capital Federal, nos dirigimos a los medios de prensa y a la comunidad en general a fines de comunicar lo siguiente:

 

En virtud de un amparo presentado por  ATE Capital, el Juzgado Nº2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Turno, en fecha 13 de setiembre del corriente año, ordenó como medida precautoria “hacer lugar a la medida cautelar peticionada ordenando al GCBA que se abstenga de obligar, bajo cualquier modalidad o procedimiento, al personal paramédico que desempeña laborales en hospitales públicos, y que si la vez cumple funciones en otra u otras instituciones sanitarias, sean estas públicas o privadas, a optar por uno sólo de esos cargos, y a formalizar la renuncia en el otro”.


En efecto, el pasado 6 de setiembre,  la Dirección General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Salud, se dispuso ordenar a los Directores de los hospitales a obligar a los trabajadores auxiliares y colaboradores de la medicina y los profesionales del arte de curar que supuestamente se encontraban bajo alguna incompatibilidad, a optar por alguno de los trabajos bajo apercibimiento de
cesantearlos.

 

Muchos de nuestros compañeros fueron convocados por las oficinas de personal de cada nosocomio y sin mostrarles nada, se vieron obligados –muchos de ellos incluso mediante prácticas intimidatorias- a declarar una supuesta incompatibilidad que no existía y con motivo de esa confesión, hacerles firmar una opción y en su caso la renuncia al cargo en el plazo de 72 hs., todo ello bajo apercibimiento
de cesarlos.

La actitud adoptada por el Ministerio de Salud, es contraria a  los derechos inalienables de la estabilidad del empleo público, el derecho a la defensa en juicio, debido proceso adjetivo y sustantivo, motivo por el cual esta Organización presentó la Medida Cautelar ante el juzgado arriba mencionado.

En efecto, la Justicia destaca la que “la conducta de la accionada, manifestada en las vías de hecho denunciada por la amparista, resulta manifiestamente ilegal, ilegítima y arbitraria. Esa ilegitimidad se manifiesta en forma palmaria en la nota emanada de la propia autoridad administrativa…” y consecuente suspende sus efectos de las vías de hecho hasta tanto exista una sentencia definitiva en el marco de mayor debate.

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