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Fondos para las Asociaciones Cooperadoras de la Ciudad

 

Fondos para las Asociaciones Cooperadoras de la Ciudad

13.2.2010

 

El FUDE (Fondo Único Descentralizado de Educación) es "el marco normativo para la creación, administración y ejecución del FUDE en orden a posibilitar una utilización eficiente y eficaz de fondos públicos destinados a educación".


El Ministerio de Educación tendrá que remitir el FUDE a las asociaciones cooperadoras de cada establecimiento para su ejecución conforme al Plan Anual que elabore la comunidad educativa.
El monto del FUDE para cada establecimiento educativo se determina considerando los siguientes indicadores:
a.- Matrícula de alumnas y alumnos.
b.- Índice de Vulnerabilidad Educativa (IVE) según la Dirección de Investigación y
Estadística del Ministerio de Educación del GCABA.
c.- Características edilicias: cantidad y calidad de aulas, patios y jardines, pisos y
paredes, superficie vidriada, sanitarios, luminarias, etc.
d.- Necesidad de materiales destinados a las actividades didácticas de docentes y
alumnos/as y a la administración escolar.
e.- Requerimiento de bienes de uso aplicados al desarrollo de actividades educativas.
f.- Necesidad de transporte de alumnos y alumnas para el desarrollo de las actividades educativas contempladas en la planificación anual de cada establecimiento; plan de
natación; resolución de situaciones de imposibilidad de asistencia a clase por razones de vulnerabilidad socioeconómica.

Por otro lado, cada establecimiento escolar tendrá que elaborar un Plan Anual Institucional según los siguientes criterios: "El/Los equipo/s directivo/s del establecimiento, los/as docentes, la asociación cooperadora, padres, madres y responsables legales de alumnos/as que estén cursando sus estudios en la institución y, en caso de corresponder, el centro de estudiantes deben reunirse dentro de los cuarenta y cinco (45) días de iniciado el ciclo lectivo, a fin de elaborar el Plan Anual para le ejecución del FUDE".

 

Además, los representantes de los centros de estudiantes de escuelas de educación
media tienen voz pero no voto. Los representantes de los centros de estudiantes de instituciones de educación superior, tienen voz y voto. y agrega que "Si en un mismo establecimiento funcionan dos o más instituciones educativas, deben estar representadas la totalidad de las conducciones para la elaboración del Plan Anual".

 

Otro punto es que para definir el Plan Anual el "equipo directivo del establecimiento debe implementar los mecanismos necesarios a fin de garantizar la participación democrática e igualitaria de todos los actores involucrados". Entre los contenidos del Plan Anual se encuentran:
a.- Las actividades extracurriculares y complementarias a desarrollar en el período.
b.- Las necesidades de material didáctico, equipamiento, transporte y de
mantenimiento para el adecuado funcionamiento del edificio escolar.

 


 

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