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Un paso adelante en el ejercicio de derechos particulares en la Ciudad

 

24.11.2011

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó esta noche una ley propuesta por el diputado Julio Raffo que establece la figura de particular damnificado querellante en el capítulo V de la Ley 12, de Procedimiento Contravencional.

"Confiamos que se transforme en un instrumento para mejorar las relaciones entre los vecinos de nuestra ciudad", dijo Raffo, señalando que "esta ley es un paso adelante en el ejercicio de los derechos de los particulares damnificados por hechos contravencionales".

La nueva ley servirá al ciudadano para ser considerado parte en el proceso, y constituirse en acusador privado (querellante), para poder encausar su particular interés en la investigación de un hecho del cual se presuma víctima, aún cuando el Ministerio Público Fiscal decidiese no continuar con su intervención.

Sus disposiciones abarcan contravenciones derivadas de hechos conflictivos claramente interpersonales, que involucran a personas concretas, tales como: hostigar, discriminar, ensuciar bienes de propiedad privada y ruidos molestos. Son conflictos que, por su menor entidad, no constituyen delitos, pero que son claros ejemplos de interferencias derivadas de la convivencia social.

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