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La Corte Suprema suspendió la medida cautelar y autorizó el aborto

 

La Corte Suprema suspendió la medida cautelar y autorizó el aborto

12.10.2012
 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso suspender la ejecución de una medida cautelar dictada por la Justicia Nacional en lo Civil, y autorizó la práctica de aborto no punible, que había sido suspendido en el Hospital Ramos Mejía de la ciudad.

La Corte hizo saber a las autoridades porteñas que deberán autorizar la realización del aborto no punible "prescindiendo de la resolución judicial que suspendió su realización", indica el fallo conocido esta noche.

La resolución fue difundida esta noche en respuesta a un fallo judicial dispuesto el martes pasado ante una acción de amparo que presentó una fundación católica.

El fallo del máximo tribunal fue firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay, informó un comunicado de la Corte Suprema.

El organismo señaló que "frente a lo decidido por esta Corte sobre la base de la interpretación de textos constitucionales e infraconstitucionales en la sentencia dictada en la causa F. 259.XLVI 'F.A.L. s/ medida autosatisfactiva', sentencia del 13 de marzo de 2012 (voto de la mayoría), la medida que se adoptará es la demostración más concluyente del modo en que ha de realizarse por los poderes judiciales de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la exhortación dada por el Tribunal para que se abstengan de judicializar el acceso a los abortos no punibles".

 

El caso

 

Una mujer de 32 años, víctima de trata de personas, había sido autorizada a interrumpir su embarazo, producto de una violación. El caso se ajustaba a lo establecido por el fallo de la Corte Suprema de Justicia y fue el propio jefe de gobierno, Mauricio Macri, quien anunció que la interrupción del embarazo se realizaría ayer en el hospital Ramos Mejía. Sin embargo, no pudo ser. Una asociación civil contraria al aborto presentó un recurso de amparo, y la jueza nacional Myriam Rustán de Estrada, a cargo del Juzgado en lo Civil N° 106, decretó una medida cautelar que impidió la realización de la intervención. El fallo de la jueza, que el gobierno de Macri apeló, también prohíbe que se realice en cualquier otro hospital de la ciudad.

El amparo reavivó la disputa que se vivió durante el tratamiento de la ley para regular el aborto no punible, sancionada por la Legislatura porteña hace casi dos semanas. La norma fue aprobada por 30 a 29 votos y establecía un protocolo para cuando existe riesgo para la salud de la mujer o cuando el embarazo proviene de una violación, entre otras situaciones.

Una semana después, sin embargo, el jefe de gobierno anunció que vetaría la ley, por considerar que excede el criterio de la Corte, en su fallo del 13 de marzo último, y por regir ya en el distrito un protocolo para tales casos.

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